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Cartagena de indias - Colombia
Martes 09 Marzo de 2010


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AVISO CURADURIA URBANA DISTRITAL No 1 CARTAGENA DE INDIAS D.T y C SKARLING LEON HERNANDEZ Resoluci贸n No 0024 de Febrero 04 de 2010 POR LA CUAL SE CONCEDE LICENCIA DE CONSTRUCCI脫N MODALIDAD: MODIFICACI脫N EL CURADOR URBANO No 1 DEL DISTRITO DE CARTAGENA DE INDIAS D.T. Y C., EN USO DE LAS FACULTADES LEGALES QUE LE CONFIEREN LA LEY 388 DE 1997, DECRETO 564 DE 2006 Y CON FUNDAMENTO EN EL ARTICULO 65 DE LA LEY 09 DE 1989. RESUELVE ARTICULO PRIMERO: Conceder licencia de construcci贸n a la sociedad denominada GAS NATURAL COMPRIMIDO S.A., o GAZEL S.A., identificada con el Nit: 802.011.190-8, para desarrollar la modificaci贸n de la edificaci贸n existente en la diagonal 31 N潞 86-22 del Barrio Ternera de esta ciudad, registrado con la Matr铆cula Inmobiliaria N潞 060-76801. La expedici贸n de esta Licencia no implica pronunciamiento alguno sobre los linderos del predio, la titularidad de su dominio, ni las caracter铆sticas de su posesi贸n. (Art铆culo 29 del Decreto 564 de 2006). ARTICULO SEGUNDO: Aprobar los planos arquitect贸nicos que se integran a esta Resoluci贸n, correspondientes a la modificaci贸n, consistente en la reubicaci贸n en la parte posterior de la edificaci贸n del 谩rea de servicios, una bater铆a de ba帽o y 谩rea de mesas = 36 M2. 脕rea de lote = 4.540 M2 脕rea intervenida = 36 M2 Altura = 3.50 metros. Indice de ocupaci贸n = 7.68 % del 80% previsto en el P.O.T. Indice de construcci贸n = 10.83 % del 360% previsto en el P.O.T. ARTICULO TERCERO: Reconocer como constructor responsable y calculista al ingeniero civil AMAURY R. ORTEGA, con tarjeta profesional No 13202-67041 de Bol铆var, como proyectista al arquitecto EMILIA LORDUY con tarjeta profesional N潞 13772007-73165545, como siluetista al Ingeniero Civil ALVARO COVO T., con tarjeta profesional N潞 737 de Bol铆var. ARTICULO CUARTO: Esta Licencia tendr谩 una vigencia de veinticuatro (24) meses prorrogables por una sola vez con plazo adicional de doce (12) meses, contados a partir de la fecha de ejecutoria de esta resoluci贸n. (Art铆culo 41 del Decreto 564 de 2006). La Solicitud de pr贸rroga deber谩 formularse dentro de los treinta (30) d铆as calendario anteriores al vencimiento de esta licencia, siempre que el constructor responsable certifique la iniciaci贸n de la obra. ARTICULO QUINTO: Indicar a la Sociedad Titular de esta licencia, las obligaciones que se帽ala el Art铆culo 32 del Decreto 564 de 2006, que a continuaci贸n se relacionan: 1. La de ejecutar las obras de forma tal que se garanticen la salubridad y seguridad de las personas, as铆 como la estabilidad de los terrenos y edificaciones vecinas y de los elementos constitutivos del espacio p煤blico. Colocar mallas protectoras en su frente y costados, hechas en material resistente que impida la emisi贸n al aire de material particulado. (Art铆culo 34 del Decreto 948 de 1995). 2. Mantener en la obra la licencia y los planos aprobados, y exhibirlos cuando sean requeridos por la autoridad competente. 3. Cumplir con el programa de manejo ambiental de materiales y elementos a los que hace referencia la resoluci贸n 541 de 1994 del Ministerio del Medio Ambiente. 5. A realizar los controles de calidad para los diferentes materiales estructurales y elementos no estructurales que se帽alan las normas de construcci贸n sismo resistente. 6. A instalar un aviso durante la ejecuci贸n de la obra, cuya dimensi贸n m铆nimo ser谩 de un metro con ochenta cent铆metros (1.80M) por 80 cent铆metros, localizada en lugar visible desde la v铆a p煤blica que indique: Clase y n煤mero de identificaci贸n de la licencia, y la autoridad que la expidi贸. El nombre o raz贸n social del titular de la licencia. La direcci贸n del inmueble y la vigencia de la licencia. (Art铆culo 54 del Decreto 564 de 2006). A responder por los perjuicios causados a terceros por motivos de la ejecuci贸n de la obra. (Art铆culo 60 del Decreto 2150 de 1995). Afiliar a un organismo de Seguridad Social al personal que se vincula para la ejecuci贸n del proyecto. A COMUNICAR A LA ALCALDIA DE LA LOCALIDAD, LA INICIACION DE LOS TRABAJO DE CONSTRUCCI脫N, para efectos del control urban铆stico que legalmente le corresponde. (Art铆culo 350 y 355 del Decreto 0977 de 2001). A cumplir con las disposiciones contenidas en las normas de construcci贸n sismorresistentes. A no iniciar la ejecuci贸n de las obras hasta cuando se encuentre ejecutoriada esta Resoluci贸n. A contratar los servicios de un t茅cnico constructor certificado. Ley 14 Decreto 523/76. A no arrojar los escombros en los sitios prohibidos por la Alcald铆a Mayor de Cartagena y en los cuerpos de agua de la ciudad. (Art铆culo 88 del acuerdo 45 de 1989). ARTICULO SEXTO: Contra esta Resoluci贸n proceden los Recursos de Reposici贸n y Apelaci贸n dentro de los cinco (5) d铆as siguientes a su notificaci贸n, el de apelaci贸n se interpondr谩 para ante la Secretar铆a de Planeaci贸n Distrital o en su defecto ante el Alcalde Municipal. (Art铆culo 36 del Decreto 564 de 2006). Dado a los cuatro (04) d铆as del mes de Febrero de dos mil diez (2010). NOTIF脥QUESE, PUBL脥QUESE Y C脷MPLASE: SKARLING LEON HERNANDEZ Curadora Urbana No 1 del Distrito de Cartagena de Indias. Marzo 08/2010.
AVISO CURADURIA URBANA DISTRITAL No 1 CARTAGENA DE INDIAS D.T y C SKARLING LEON HERNANDEZ Resoluci贸n No 0023 de Febrero 04 de 2010 POR LA CUAL SE CONCEDE LICENCIA DE CONSTRUCCI脫N MODALIDAD: DEMOLICION PARCIAL EL CURADOR URBANO No 1 DEL DISTRITO DE CARTAGENA DE INDIAS D.T. Y C., EN USO DE LAS FACULTADES LEGALES QUE LE CONFIEREN LA LEY 388 DE 1997, DECRETO 564 DE 2006 Y CON FUNDAMENTO EN EL ARTICULO 65 DE LA LEY 09 DE 1989. RESUELVE ARTICULO PRIMERO: Conceder licencia de demolici贸n parcial a la Sociedad denominada GAS NATURAL COMPRIMIDO S.A. o GAZEL S.A., identificada con el Nit: 802.011.190-8, para derribar parcialmente la edificaci贸n de su propiedad existente, en el lote ubicado en la Diagonal 31 N潞 86-22 del Barrio Ternera de esta ciudad, registrado con la Matr铆cula Inmobiliaria No 060-76801. La expedici贸n de esta Licencia no implica pronunciamiento alguno sobre los linderos del predio, la titularidad de su dominio, ni las caracter铆sticas de su posesi贸n. ARTICULO SEGUNDO: Reconocer como profesional responsable de la demolici贸n parcial de la edificaci贸n existente en la direcci贸n antes anotada, al ingeniero civil AMAURY R. ORTEGA, con matricula profesional No 13202-67041 de Bol铆var. La demolici贸n total se autoriza sobre un 谩rea construida de 36 M2. ARTICULO TERCERO: Esta Licencia tendr谩 una vigencia de veinticuatro (24) meses prorrogables por una sola vez con plazo adicional de doce (12) meses, contados a partir de la fecha de su ejecutoria. (Art铆culo 41 del Decreto 564 de 2006). La solicitud de prorroga deber谩 formularse dentro de los treinta (30) d铆as calendario anteriores al vencimiento de esta licencia, siempre que el constructor responsable certifique la iniciaci贸n de la obra. ARTICULO CUARTO: Indicar a la Sociedad titular de esta licencia las obligaciones que la Ley le se帽ala y que a continuaci贸n se relacionan as铆: Adelantar la demolici贸n de manera escalonada despu茅s de haber cumplido con los requisitos sobre cierre, protecci贸n a terceros y dem谩s medidas que garanticen la salubridad y seguridad. (Art铆culo 221 del Acuerdo 45 de 1989). A cerrar previamente toda la edificaci贸n a demoler, con cerca provisional de madera o muro de bloques, con altura m谩xima de 2 metros, sobre el l铆mite frontal de la propiedad si esta tiene antejard铆n o espacio entre dicho l铆mite y la edificaci贸n, con una puerta adecuada para la entrada y salida de material y personas. Si la edificaci贸n esta sobre el l铆mite frontal de la propiedad la cerca provisional se separar谩 no menos de 0.75 mts, ni m谩s de la mitad del anden, cuando esta exceda de 1.50 metros de ancho. (Art铆culo 38 del Acuerdo 45 de 1989). Cumplir con el programa de manejo ambiental de materiales y elementos a los que hace referencia la resoluci贸n 541 de 1994 del Ministerio del Medio Ambiente. A instalar un aviso durante la ejecuci贸n de la obra, cuya dimensi贸n m铆nima ser谩 de un metro con ochenta cent铆metro (1.80M) por 80 cent铆metros, localizada en un lugar visible desde la v铆a p煤blica que indique: Clase y n煤mero de identificaci贸n de la licencia, y la autoridad que la expidi贸. El nombre o raz贸n social del titular de la licencia. La direcci贸n del inmueble y la vigencia de la licencia. A construir antes de iniciar la demolici贸n parcial, una p贸liza de responsabilidad extracontractual para garantizar la reparaci贸n de los da帽os, perjuicios, accidentes o indemnizaciones que puedan ocurrir en bienes y personas con ocasi贸n de estos trabajos; dicha p贸liza tendr谩 vigencia de doce (12) meses. (Art铆culo 35 del Acuerdo 45 de 1989). Afiliar a un organismo de Seguridad Social al personal que se vincule para la ejecuci贸n del proyecto. Si las edificaciones a demoler resultaren afectadas por enfermedades infecto contagiosas o sustancias contaminantes del ambiente, previamente a la demolici贸n se obliga el titular de esta licencia a aplicar a las construcciones el tratamiento contra la contaminaci贸n, de acuerdo a las normas t茅cnicas. (Art铆culo 36 del Acuerdo 45 de 1989). A tomar todas las medidas que garanticen la salubridad y seguridad de las personas, as铆 como la estabilidad de los terrenos y edificaciones vecinas y de los elementos constitutivos de los espacios p煤blicos. A MANTENER EN LA OBRA COPIA DE LA LICENCIA, a fin de exhibirlos cuando sean requeridos por la autoridad competente. A colocar se帽ales y banderas de prevenci贸n en el sitio de la demolici贸n; y para evitar el polvo se regar谩n constantemente con agua los materiales antes y despu茅s de la demolici贸n. (Art铆culo 223 del Acuerdo 45 de 1989). Durante el proceso de la demolici贸n ese construir谩n los andamios interiores y los exteriores con sus respectivas protecciones, lo suficientemente resistente para recibir los productos de la demolici贸n e impedir que caigan a la calle o a las propiedades vecinas. Si la demolici贸n se hace a m谩quina se colocaran estas a una distancia prudencial que garantice la seguridad al operador y dem谩s operarios que participen en el proceso, a los terceros y transe煤ntes. (Art铆culo 224 del Acuerdo 45 de 1989). A COMUNICAR A LA ALCALDIA DE LA LOCALIDAD, LA INICIACION DE LOS TRABAJOS DE DEMOLICI脫N, Para efectos del control urban铆stico que le compete. A no arrojar los escombros y sobrantes de la demolici贸n en las calles, plazas murallas, mar, ca帽os, bah铆a, etc., y otro sitios de la ciudad en lo que este prohibido el descargue. (Art铆culo 88 del Acuerdo 45 de 1989). A no iniciar la demolici贸n parcial, autorizada mediante esta resoluci贸n, hasta cuando se encuentre ejecutoriada este acto. ARTICULO SEXTO: Contra esta Resoluci贸n proceden los Recursos de Reposici贸n y apelaci贸n dentro de los cinco (5) d铆as siguientes a su notificaci贸n, el de apelaci贸n se interpondr谩 para ante la Secretaria de Planeaci贸n Distrital. Art铆culo 36 del Decreto 564 de 1998 y 59 del Decreto 2150 de 1995. Dado a los cuatro (04) d铆as del mes de Febrero de dos mil diez (2010). NOTIF脥QUESE, PUBL脥QUESE Y CUMPLASE: SKARLING LEON HERNANDEZ Curadora Urbana No 1 del Distrito de Cartagena de Indias. Marzo 08/2010.
AVISO DE REMATE Exp.No. 0378/01 JUZGADO CUARTO CIVIL DEL CIRCUITO DE CARTAGENA. PROCESO: Ejecutivo Mixto. DEMANDANTE: Guillermo Le贸n Cardona Agudelo. DEMANDADO: Garc铆a G贸mez & C铆a S, en C. FECHA: Marzo 25 de 2010. HORA 9 de la ma帽ana. BIEN A REMATAR: Cuatro (4) inmuebles englobados o unificados en uno solo, ubicados en el municipio de Turbaco, diagonal 14 No. 35B-04 (sector No. 2 entre las calles 35B y 36 sitio llamado Coloncito) ubicados a 2.900 metros aproximadamente de la carretera troncal de occidente, identificados en su puerta principal con el nombre de VILLA PARA脥SO. FOLIO DE MATRICULA 060-59501, 060-51763, 060-56930 y 060-62125 AVAL脷O DE CADA UNO DE LOS BIENES INMUEBLES. INMUEBLE CON MATRICULA 060-59501 $234.862.753,00 INMUEBLE CON MATRICULA 060-51763 $179.410.218,oo INMUEBLE CON MATRICULA 060-56930 $53.783.814,oo INMUEBLE CON MATRICULA 060-62125 $47.943.150,oo AVAL脷O TOTAL DE LOS CUATRO BIENES INMUEBLES $515.999.935,00 LICITACI脫N : 50% DE CADA UNO DE LOS AVAL脷OS CONSIGNACI脫N: 40% DE CADA UNO DE LOS AVAL脷OS PARA HACER POSTURA. FIJACI脫N: Febrero 25 de 2010 ARTICULO : 525 C. de P. C. DAIYANA SERRANO CUESTA Secretaria. Marzo 8/2010.
EDICTO CURADUR脥A URBANA DISTRITAL N掳 1 CARTAGENA DE INDIAS D.T. y C SKARLING LE脫N HERN脕NDEZ Resoluci贸n No. 0249 de Diciembre 09 de 2008 POR LA CUAL SE CONCEDE LICENCIA DE CONSTRUCCI脫N MODALIDAD: AMPLIACI脫N EL CURADOR URBANO N掳 1 DEL DISTRITO DE CARTAGENA DE INDIAS D.T. Y C, EN USO DE LAS FACULTADES LEGALES QUE LE CONFIEREN LA LEY 388 DE 1987. DECRETO 564 DE 2006 Y CON FUNDAMENTO EN EL ART脥CULO 65 DE LA, LEY 08 DE 1889. RESUELVE ART脥CULO PRIMERO: Conceder licencia de construcci贸n en la modalidad de ampliaci贸n a la Sociedad POLIPROPILENO DEL CARIBE S.A. - PROPILCO SA, identificada con el Nit: 800059470-5, para que desarrolle obras en la instalaci贸n existente en el lote 2, ubicado en el Sector Cospique - Mamonal de esta ciudad, descrita con sus linderos y medidas en la Escritura Publica N掳 2342 del 5 de Octubre de 2007, otorgada en la Notar铆a Cuarta del Circulo Notarial de Cartagena, registrada con la Matr铆cula Inmobiliaria N潞 060-233621. La expedici贸n de esta Licencia no implica pronunciamiento alguno sobre los linderos del predio, la titularidad de su dominio, ni las caracter铆sticas de su posesi贸n. (Art铆culo 29 del Decreto 564 de 2006). ART脥CULO SEGUNDO: Aprobar los planos arquitect贸nicos que se integran a esta Resoluci贸n, con los cuales se autoriza la ampliaci贸n de la edificaci贸n existente en el lote 2 del sector Cospique Mamonal, que se describen as铆: Edificio de polimerizaci贸n en 6 niveles. Edificio subestaci贸n: 2 niveles, en el primer nivel se localiza el cuarto de cableado, oficina de operador, 谩rea de transformador y deposito. En el segundo nivel se localizan la sala de tableros, cuarto de variadores de velocidad y zona de HVAC. 脕rea de lote - 185.098.364 M2. 脕rea total construida -ampliaci贸n = 1.406.40 M2. Numero de pisos = 6. Altura = 39.80 metros. Aislamiento de frente = 40 metros sobre v铆a Cospique y 50 metros sobre la v铆a a Mammial 脕rea de estacionamientos = para visitantes 2. ART脥CULO TERCERO: Reconocer como profesional responsable al ingeniero civil JORGE CARAZO con tarjeta profesional vigente N掳 1320239098, como proyectista a la arquitecta BELKIS MENDOZA G., con tarjeta profesional vigente N掳 250200152020377, como suelista al ingeniero civil JULIO CARMONA LORDUY, con tarjeta profesional vigente N潞 13202-38283 del Consejo Profesional de Bol铆var, como calculista al ingeniero civil N脡STOR JULIO CHAPARRO, con tarjeta profesional N掳 2520258591 de Cundinamarca. ART脥CULO CUARTO: Esta Licencia tendr谩 una vigencia de veinticuatro (24) meses prorrogables por una sola vez con plazo adicional de doce (12) meses, contados a partir de la fecha de ejecutoria de esta resoluci贸n. (Art铆culo 41 del Decreto 564 de 2006). La solicitud de prorroga deber谩 formularse dentro de los treinta (30) d铆as calendario anteriores al vencimiento de esta licencia, siempre que el constructor responsable certifique la iniciaci贸n de la obra. ART脥CULO QUINTO: Indicar a la Sociedad Titular de esta licencia, las obligaciones que se帽ala el Art铆culo 32 del Decreto 564 de 2006, que a continuaci贸n se relacionan: 1. La de ejecutar las obras de forma tal que se garanticen la salubridad y seguridad de las personas, as铆 como la estabilidad de los terrenos y edificaciones vecinas y de los elementos constitutivos del espacio p煤blico. 2. Mantener en la obra la licencia y los planos aprobados, y exhibirlos cuando sean requeridos por la autoridad competente 3. Cumplir con el programa de manejo ambiental de materiales y elementos a los que hace referencia la Resoluci贸n 541 de 1994 del Ministerio del Medio Ambiente. 5. A realizar los controles de calidad para los diferentes materiales estructurales y elementos no estructurales que se帽alan las normas de construcci贸n sismo resistente. 6. A instalar un aviso durante la ejecuci贸n de la obra, cuya dimensi贸n m铆nima ser谩 de un metro con ochenta cent铆metro (1.80M) por 80 cent铆metros, localizada en lugar visible desde la v铆a p煤blica que indique: Clase y n煤mero de identificaci贸n de la licencia, y la autoridad que la expidi贸. El nombre o raz贸n social del titular de la licencia. La direcci贸n del inmueble y la vigencia de la licencia. (Art铆culo 54 del Decreto 564 de 2006) A responder por los perjuicios causados a terceros por motivo de la ejecuci贸n de la obra. (Art铆culo 60 del Decreto 2150 de 1995). Afiliar a un organismo de Seguridad Social al personal que se vincule para la ejecuci贸n del proyecto. A COMUNICAR A LA ALCALD脥A DE LA LOCALIDAD, LA INICIACI脫N DE LOS TRABAJOS DE CONSTRUCCI脫N, para efectos del control urban铆stico que legalmente le corresponde. (Art铆culo 350 y 355 del Decreto 0977 de 2001). A cumplir con las disposiciones contenidas en las normas de construcci贸n sismorresistentcs. A no iniciar la ejecuci贸n de las obras hasta cuando se encuentre ejecutoriada esta Resoluci贸n. A contratar los servicios de un t茅cnico constructor certificado. Ley 14 Decreto 523/76. A no arrojar los escombros en los sitios prohibidos por la Alcald铆a Mayor de Cartagena y en los cuerpos de agua de la ciudad. Obligaci贸n de contratar a un Ingeniero civil para la supervisi贸n t茅cnica en los t茅rminos que se帽alan las normas de construcci贸n sismo resistente vigente. ART脥CULO SEXTO: Contra esta Resoluci贸n proceden los Recursos de Reposici贸n y Apelaci贸n dentro de los cinco (5) d铆as siguientes a su notificaci贸n, el de apelaci贸n se interpondr谩 para ante la Secretar铆a de Planeaci贸n Distrital o en su defecto ante el Alcalde Municipal. (Art铆culo 36 del Decreto 564 de 2006). Dado en Cartagena de Indias a los Nueve (09) d铆as del mes de Diciembre de Dos mil nueve (2009). NOTIF脥QUESE, PUBL脥QUESE Y C脷MPLASE. SKARLING LE脫N HERN脕NDEZ. Curadora Urbana N潞 1 del Distrito de Cartagena de Indias. Marzo 08/2010.
EDICTO EMPLAZATORIO EXPEDIENTE N掳 13001-31-03-005-2009-00709.00 REP脷BLICA DE COLOMBIA JUZGADO QUINTO CIVIL DEL CIRCUITO CARTAGENA El JUZGADO QUINTO CIVIL DEL CIRCUITO DE CARTAGENA, POR MEDIO DEL PRESENTE EDICTO, EMPLAZA: A todas las PERSONAS INDETERMINADAS, que crean tener derecho o alg煤n Inter茅s jur铆dico sobre el bien inmueble que se pretende prescribir, dentro de la demanda de Pertenencia por Prescripci贸n Extraordinaria Adquisitiva de Dominio sobre un bien inmueble, que ha instaurado el apoderado judicial de la se帽ora ROSARIO POLO MENDOZA contra Y PERSONAS INDETERMINADAS, para que comparezcan a hacer valer sus derechos a m谩s tardar dentro de los quince (15) d铆as siguientes a la desfijaci贸n del presente edicto, advirti茅ndoles que, si no comparecen dentro del t茅rmino antes se帽alado, se les designar谩 un CURADOR AD-LITEM para que los represente en el proceso hasta su culminaci贸n.- Los bienes inmuebles que son objeto de la prescripci贸n, son los siguientes: 聭Inmueble N掳.1 a prescribir Un lote de terreno o solar, en el corregimiento de Punta Canoa, jurisdicci贸n del Municipio de Cartagena, que se singulariza por los siguientes linderos y medidas: Por el NORTE; Calle de por medio, y mide 20 metros; Por el SUR; Calle de por medio y mide 20 metros y mide 20 metros; Por el Este, con predio de Heliodoro Arzuza y mide 23 metros; Por el OESTE con predio de Ascanio Agullar y mide 23 metros. Referencia catastral 08-00-0006-0020-000. 聭Inmueble N掳, 2. a prescribir: Un solar o de terreno ubicado en el Caser铆o de Punta Canoa, jurisdicci贸n de este distrito, y el cual se distingue por los siguientes linderos y medidos especiales: Por el NORTE; calle de por medio, y mide 22 metros; Por el SUR, calle de por medio y mide 26 metros; por el ESTE, LINDA CON PROPIEDAD DEL SE脩OR Enrique Berm煤dez Rodr铆guez y mide 34 metros; Por el OESTE linda con propiedad de Octavio Agullar Jaramillo y mide 34 metros. Este inmueble se identifica con la Referencia catastral .08-00-0006-0003-000. El lote de terreno que conforman los inmuebles antes descritos, como consecuencia de su englobe, es el siguiente: Un solar o lote de terreno ubicado en el caser铆o de Punta Canoa, jurisdicci贸n de este distrito, y el cual se distingue por los siguientes linderos y medidas especiales: Por el NORTE, Calle de por medio, y mide 42 metros; Por el SUR, Calle de por medio y mide 46 metros; Por el ESTE, con predio de Heliodoro Arzuza y mide 23 metros; Por el OESTE linda con propiedad de Octavio Aguilar Jaramillo y mide 34 metros. De conformidad con lo dispuesto en el inciso 6掳. Del Art铆culo 407 del C. De P. C, se fija el presente Edicto Emplazatorio en lugar visible de la secretar铆a del Juzgado, por el t茅rmino legal de veinte (20) d铆as y copias del mismo se entregar谩n al interesado para las publicaciones de rigor en el diario EL UNIVERSAL de esta ciudad y en una radiodifusora de la localidad, dentro de las horas legalmente establecidas.- Dado en Cartagena de Indias, a los 05 MAR. 2010 Hora de Fijaci贸n: Ocho de la ma帽ana (8:00 a.m), LUZ ELENA VERGARA GONZ脕LEZ Secretaria. Marzo 8/2010.
EDICTO EMPLAZATORIO RADICACI脫N No.2.009 - 00697 JUZGADO OCTAVO CIVIL DEL CIRCUITO DE CARTAGENA DE INDIAS D.T.Y C Centro Cl del Cuartel, Ed. Cuartel del Fijo Of 404 POR MEDIO DEL PRESENTE EMPLAZA: A LAS PERSONAS INDETERMINADAS, DESCONOCIDAS y todas aquellas que se crean con derecho sobre el inmueble que m谩s adelante se determinar谩, en los t茅rminos establecidos en el Art. 407 Num. 6o del C. de. P. C, para que concurran al Proceso Ordinario de Pertenencia por Prescripci贸n Extraordinaria Adquisitiva de Dominio que adelanta la Dra. CHESTIEN KARINA PITALUA URZOLA, en su condici贸n de Apoderada Especial de la se帽ora GISELA DEL SOCORRO MORENO JAIMES., contra PERSONAS INDETERMINADAS Y DESCONOCIDAS, a m谩s tardar dentro de los quince (15) d铆as siguientes a la expiraci贸n del emplazamiento. - Se le hace saber a los emplazados que si no concurren, se les nombrar谩 Curador Ad-Litem para que los represente en el proceso hasta su terminaci贸n. EL bien inmueble a prescribir se encuentra ubicado en el Corregimiento de la Boquilla, Jurisdicci贸n del Distrito de Cartagena, Departamento de Bol铆var, Sector 14 de Septiembre, con los siguientes linderos y medidas: Por el FRENTE u ORIENTE, linda con la Diagonal 38 en medio y mide 12.00 metros, Por la DERECHA entrando o Norte, con posesi贸n de V铆ctor Carlos Pineda y mide 25.00 metro; Por la IZQUIERDA entrando o Sur, linda con propiedad de Luis G贸mez y mide 25:00 metros, Por el FONDO u Occidente, linda con predio de Pupilo y mide 12:00 metros. 脕rea total: 300 M2. Distinguido con referencia catastral No 02-00-0020-0034-000.- Para efectos del art铆culo del 407 del C. DE C. P., se Fija el presente EDICTO, en el lugar visible de la secretar铆a por el t茅rmino legal de 20 d铆as y se publicar谩 por dos (2) veces, con intervalos no menores de cinco (5) d铆as calendario dentro del mismo termino, en el Peri贸dico El Universal y en una radiodifusora local, hoy QUINCE (15) del mes de FEBRERO del a帽o 2010, a las 8:00 A.M., y copia del mismo se le entrega al interesado para su publicaci贸n en la prensa y en la radio. RAM脫N VICENTE S脕NCHEZ ARROYO. SECRETARIO. Se desfija el presente edicto despu茅s de haber permanecido fijado por el t茅rmino legal en la tabla de la secretar铆a. Cartagena, de del 2010 a las. RAM脫N S脕NCHEZ ARROYO. SECRETARIO. Marzo 08/2010.
EDICTO JUZGADO PRIMERO CIVIL DEL CIRCUITO DE CARTAGENA. EXP. No. 0546-2009 EL JUZGADO PRIMERO CIVIL DEL CIRCUITO DE CARTAGENA, CON EL PRESENTE, EMPLAZA: A todas las PERSONAS INDETERMINADAS que se crean con alg煤n derecho sobre el bien inmueble que se pretende usucapir, dentro de la demanda Ordinaria de Pertenencia por Prescripci贸n Ordinaria Adquisitiva de Dominio, que adelanta en este Juzgado la se帽ora JANETH HERN脕NDEZ VIA脩A, a trav茅s de apoderado judicial, contra Personas Indeterminadas, para que comparezcan al proceso por si o por intermedio de apoderado judicial a m谩s tardar dentro de los quince (15) d铆as siguientes a la expiraci贸n del presente edicto. Si dentro de dicho t茅rmino no comparecen, se les nombrar谩 Curador Ad- Litem, para que los represente en el proceso hasta su terminaci贸n. El inmueble que se pretende usucapir, lote y casa es el siguiente: Ubicado en el Corregimiento de la Boquilla, Jurisdicci贸n del Distrito de Cartagena, con nomenclatura carrera 7 No 54-44 de la calle Las Flores, y cuyos linderos y medidas son: Por el FRENTE: con calle dicha en medio, con terrenos ocupados por la casa del Puesto de Salud y mide trece (13) metros; por el FONDO, linda con la Carretera P煤blica en medio, con inmueble perteneciente a ABIGAIL NIETO, y mide trece (13) metros; por la DERECHA, entrando, linda con inmueble perteneciente a ISABEL CASTELL脫N y mide veintiocho (28) metros; por la IZQUIERDA, con inmueble perteneciente a SANTIAGO DE ARCO y mide veintiocho (28) metros y referencia catastral No. 02-00-0042-0016-000. De conformidad con lo dispuesto en el art铆culo 407 del C. de P.C., se fija el presente edicto en un lugar visible de la secretar铆a de este Juzgado, por el t茅rmino legal de veinte (20) d铆as, y copias del mismo se entregan al interesado para las publicaciones de rigor en el diario El Universal y en una radiodifusora de la localidad en las horas comprendidas entre las siete de la ma帽ana (7:00 a.m.) y las diez de la noche (10:00 p.m.). Dado en Cartagena, a los dieciseis (16) d铆as del mes de Febrero de dos mil diez (2010), y se fija a las ocho de la ma帽ana (8:00 a.m.). NAPOLE脫N POSADA FONSECA Secretario. Marzo 08/2010.
EDICTO LA SUSCRITA DIRECTORA ADMINISTRATIVA DEL FONDO TERRITORIAL DE PENSIONES DEL DISTRITO DE CARTAGENA, HACE CONSTAR: Que el d铆a 19 de enero de 2010, falleci贸 el Se帽or HUGO PALACIO CADAVID, identificado con la c茅dula de ciudadan铆a No. 4.866.536 de Neiva, quien era pensionado del Distritales de Cartagena. Que a reclamar SUSTITUCI脫N PENSIONAL, se present贸 la Se帽ora FABIOLA BOTERO DE PALACIO, identificada con la c茅dula de ciudadan铆a No. 33.117.013 de Palermo - Huila, en calidad de C贸nyuge Sobreviviente del pensionado fallecido. Todas aquellas personas que se crean con igual o mejor derecho, pueden presentarse a reclamar dentro de los treinta (30) d铆as siguientes a la publicaci贸n de este aviso. Direcci贸n: Centro Amurallado, San Diego Calle la Bomba No. 36-48. SEGUNDO AVISO. DENISE DEL CARMEN MORENO SIERRA Directora del Fondo Territorial de Pensiones del Distrito de Cartagena de Indias. Marzo 08/2010.
EDICTO EMPLAZATORIO EXPEDIENTE No 13001-31-03-005-2009-00617-00. REP脷BLICA DE COLOMBIA. JUZGADO QUINTO CIVIL DEL CIRCUITO DE CARTAGENA. EL JUZGADO QUINTO CIVIL DEL CIRCUITO DE CARTAGENA, POR MEDIO DEL PRESENTE EDICTO. EMPLAZA: A todas las PERSONAS INDETERMINADAS que crean tener derecho o alg煤n inter茅s jur铆dico sobre el inmueble que se pretende prescribir, dentro de la demanda ORDINARIA DE PERTENENCIA POR PRESCRIPCION EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO sobre un inmueble, instaurada por la se帽ora YUDY FLOREZ HOYOS, a trav茅s de apoderado judicial doctor EVARISTO UJUETA AMADOR, contra JOSEFA PE脩A JULIO Y PERSONAS INDETERMINADAS para que comparezcan a hacer valer sus derechos a mas tardar dentro de los quince(15) d铆as siguientes a la desfijaci贸n del presente EDICTO, advirti茅ndoles que, si no comparecen dentro del t茅rmino antes se帽alado, se les designar谩 un CURADOR AD-LITEM para que los represente en el proceso hasta su culminaci贸n. El bien inmueble que es objeto de la prescripci贸n, es el siguiente: Inmueble que hace parte de uno de mayor extensi贸n, ubicado en el barrio el Bosque Sector la Cuchilla o calle 11 de la Manz 4 lote 35 dentro de los siguientes linderos y medidas. FRENTE, Calle de por medio y mide 8 metros. POR LA DERECHA, entrando con lote 36 de la misma manzana y mide 14 metros. POR LA IZQUIERDA., entrando con lote 34 de la misma manzana y mide 14 metros y POR EL FONDO, con lote 25 de la misma manzana y mide 8 metros. 脕rea total 112 metros. De conformidad con lo dispuesto en el inciso 6潞 del articulo 407 del C. De P. C, se fija el presente Edicto Emplazatorio en lugar visible de la secretaria del Juzgado, por el t茅rmino legal de veinte (20) d铆as y copias del mismo se entregar谩n para las publicaciones de rigor en el diario EL UNIVERSAL de esta ciudad y en una radiodifusora de la localidad, dentro de las horas legalmente establecidas. Dado en Cartagena de Indias, a los 18 del mes de Febrero del a帽o dos mil diez (2010) Hora de Fijaci贸n: Ocho de la ma帽ana (8:a.m) LUZ ELENA VERGARA GONZALEZ. SECRETARIA. Marzo 09/2010.
EDICTO EMPLAZATORIO Expediente No 0009/10 EL JUZGADO CUARTO CIVIL DEL CIRCUITO DE CARTAGENA DE INDIAS POR MEDIO DEL PRESENTE: EMPLAZA A todas las personas que se crean con derecho sobre el inmueble que m谩s adelante se determina para que concurra al proceso Ordinario de Pertenencia por Prescripci贸n Extraordinaria Adquisitiva de Dominio que adelanta la se帽ora ELVIRA ARRIETA DE SABAT por medio de apoderado judicial contra PERSONAS INDETERMINADA, a m谩s tardar las PERSONAS INDETERMINADAS dentro de los Quince (15) d铆as siguientes a la expiraci贸n del emplazamiento. Se le hace saber a los emplazados que si no comparecen en el t茅rmino antes se帽alado se le designar谩 un Curador Ad Liten, con quien se seguir谩 el proceso hasta su terminaci贸n. El inmueble ha prescribir es el siguiente: Un lote de terreno y la casa en el construida, ubicado en el corregimiento de la Boquilla Municipio de Cartagena, en la carrera 3 N潞 81 -05 y distinguido con los siguientes linderos y medidas: Por el Frente , calle de por medio con propiedad de FELIPE VALIENTE Y PEDRO AYALA, y mide 15:40 metros: Por la derecha entrando, con propiedad de RAFAEL CA脩ATE, y mide 20:00 metros; Por la Izquierda entrando con propiedad de GABRIEL PICO, y mide 20:00 metros y por el Fondo con el Mar Caribe y mide 15:40 metros: Y para los efectos del art铆culos 407 del C.P.C., se fija el presente edicto emplazatorio en un lugar visible de la secretaria por el t茅rmino legal de Veinte (20) d铆as hoy diecisiete (17) de febrero del Dos Mil Diez (2010). Siendo las 8 A. M. Y copia del mismo se le entregan al interesado para su publicaci贸n en la prensa y radio. DAIYANA SERRANO CUESTA. Secretaria. Marzo 09/2010.