AVISO CURADURIA URBANA DISTRITAL No 1 CARTAGENA DE INDIAS D.T y C SKARLING LEON HERNANDEZ Resoluci贸n No 0023 de Febrero 04 de 2010 POR LA CUAL SE CONCEDE LICENCIA DE CONSTRUCCI脫N MODALIDAD: DEMOLICION PARCIAL EL CURADOR URBANO No 1 DEL DISTRITO DE CARTAGENA DE INDIAS D.T. Y C., EN USO DE LAS FACULTADES LEGALES QUE LE CONFIEREN LA LEY 388 DE 1997, DECRETO 564 DE 2006 Y CON FUNDAMENTO EN EL ARTICULO 65 DE LA LEY 09 DE 1989. RESUELVE ARTICULO PRIMERO: Conceder licencia de demolici贸n parcial a la Sociedad denominada GAS NATURAL COMPRIMIDO S.A. o GAZEL S.A., identificada con el Nit: 802.011.190-8, para derribar parcialmente la edificaci贸n de su propiedad existente, en el lote ubicado en la Diagonal 31 N潞 86-22 del Barrio Ternera de esta ciudad, registrado con la Matr铆cula Inmobiliaria No 060-76801. La expedici贸n de esta Licencia no implica pronunciamiento alguno sobre los linderos del predio, la titularidad de su dominio, ni las caracter铆sticas de su posesi贸n. ARTICULO SEGUNDO: Reconocer como profesional responsable de la demolici贸n parcial de la edificaci贸n existente en la direcci贸n antes anotada, al ingeniero civil AMAURY R. ORTEGA, con matricula profesional No 13202-67041 de Bol铆var. La demolici贸n total se autoriza sobre un 谩rea construida de 36 M2. ARTICULO TERCERO: Esta Licencia tendr谩 una vigencia de veinticuatro (24) meses prorrogables por una sola vez con plazo adicional de doce (12) meses, contados a partir de la fecha de su ejecutoria. (Art铆culo 41 del Decreto 564 de 2006). La solicitud de prorroga deber谩 formularse dentro de los treinta (30) d铆as calendario anteriores al vencimiento de esta licencia, siempre que el constructor responsable certifique la iniciaci贸n de la obra. ARTICULO CUARTO: Indicar a la Sociedad titular de esta licencia las obligaciones que la Ley le se帽ala y que a continuaci贸n se relacionan as铆: Adelantar la demolici贸n de manera escalonada despu茅s de haber cumplido con los requisitos sobre cierre, protecci贸n a terceros y dem谩s medidas que garanticen la salubridad y seguridad. (Art铆culo 221 del Acuerdo 45 de 1989). A cerrar previamente toda la edificaci贸n a demoler, con cerca provisional de madera o muro de bloques, con altura m谩xima de 2 metros, sobre el l铆mite frontal de la propiedad si esta tiene antejard铆n o espacio entre dicho l铆mite y la edificaci贸n, con una puerta adecuada para la entrada y salida de material y personas. Si la edificaci贸n esta sobre el l铆mite frontal de la propiedad la cerca provisional se separar谩 no menos de 0.75 mts, ni m谩s de la mitad del anden, cuando esta exceda de 1.50 metros de ancho. (Art铆culo 38 del Acuerdo 45 de 1989). Cumplir con el programa de manejo ambiental de materiales y elementos a los que hace referencia la resoluci贸n 541 de 1994 del Ministerio del Medio Ambiente. A instalar un aviso durante la ejecuci贸n de la obra, cuya dimensi贸n m铆nima ser谩 de un metro con ochenta cent铆metro (1.80M) por 80 cent铆metros, localizada en un lugar visible desde la v铆a p煤blica que indique: Clase y n煤mero de identificaci贸n de la licencia, y la autoridad que la expidi贸. El nombre o raz贸n social del titular de la licencia. La direcci贸n del inmueble y la vigencia de la licencia. A construir antes de iniciar la demolici贸n parcial, una p贸liza de responsabilidad extracontractual para garantizar la reparaci贸n de los da帽os, perjuicios, accidentes o indemnizaciones que puedan ocurrir en bienes y personas con ocasi贸n de estos trabajos; dicha p贸liza tendr谩 vigencia de doce (12) meses. (Art铆culo 35 del Acuerdo 45 de 1989). Afiliar a un organismo de Seguridad Social al personal que se vincule para la ejecuci贸n del proyecto. Si las edificaciones a demoler resultaren afectadas por enfermedades infecto contagiosas o sustancias contaminantes del ambiente, previamente a la demolici贸n se obliga el titular de esta licencia a aplicar a las construcciones el tratamiento contra la contaminaci贸n, de acuerdo a las normas t茅cnicas. (Art铆culo 36 del Acuerdo 45 de 1989). A tomar todas las medidas que garanticen la salubridad y seguridad de las personas, as铆 como la estabilidad de los terrenos y edificaciones vecinas y de los elementos constitutivos de los espacios p煤blicos. A MANTENER EN LA OBRA COPIA DE LA LICENCIA, a fin de exhibirlos cuando sean requeridos por la autoridad competente. A colocar se帽ales y banderas de prevenci贸n en el sitio de la demolici贸n; y para evitar el polvo se regar谩n constantemente con agua los materiales antes y despu茅s de la demolici贸n. (Art铆culo 223 del Acuerdo 45 de 1989). Durante el proceso de la demolici贸n ese construir谩n los andamios interiores y los exteriores con sus respectivas protecciones, lo suficientemente resistente para recibir los productos de la demolici贸n e impedir que caigan a la calle o a las propiedades vecinas. Si la demolici贸n se hace a m谩quina se colocaran estas a una distancia prudencial que garantice la seguridad al operador y dem谩s operarios que participen en el proceso, a los terceros y transe煤ntes. (Art铆culo 224 del Acuerdo 45 de 1989). A COMUNICAR A LA ALCALDIA DE LA LOCALIDAD, LA INICIACION DE LOS TRABAJOS DE DEMOLICI脫N, Para efectos del control urban铆stico que le compete. A no arrojar los escombros y sobrantes de la demolici贸n en las calles, plazas murallas, mar, ca帽os, bah铆a, etc., y otro sitios de la ciudad en lo que este prohibido el descargue. (Art铆culo 88 del Acuerdo 45 de 1989). A no iniciar la demolici贸n parcial, autorizada mediante esta resoluci贸n, hasta cuando se encuentre ejecutoriada este acto. ARTICULO SEXTO: Contra esta Resoluci贸n proceden los Recursos de Reposici贸n y apelaci贸n dentro de los cinco (5) d铆as siguientes a su notificaci贸n, el de apelaci贸n se interpondr谩 para ante la Secretaria de Planeaci贸n Distrital. Art铆culo 36 del Decreto 564 de 1998 y 59 del Decreto 2150 de 1995. Dado a los cuatro (04) d铆as del mes de Febrero de dos mil diez (2010). NOTIF脥QUESE, PUBL脥QUESE Y CUMPLASE: SKARLING LEON HERNANDEZ Curadora Urbana No 1 del Distrito de Cartagena de Indias. Marzo 08/2010.